ANÁLISIS DE LA PÓLIZA DEL PLP INFOMA 2024:
FIRMADA DIGITALMENTE el 13-05-2024 (días después de haber comenzado la campaña INFOMA 2024), ENTRANDO EN VIGOR EL 03-05-2024 (10 días antes de su firma).
1.- COBERTURA Y CAPITALES: (COMPARATIVA CON LA PÓLIZA DEL CBCM)
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PÓLIZA PERSONAL INFOMA 2024:
Sólo cubre al Personal que participa en la Campaña INFOMA 2024.
COBERTURAS CAPITALES
Fallecimiento por Accidente Laboral 150.000,00 €
Invalidez Permanente Total por Accidente Laboral 150.000,00 €
Invalidez Permanente Absoluta por Accidente Laboral 150.000,00 €
Cúmulo: 6.000.000,00 €
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PÓLIZA DEL CUERPO DE BOMBEROS:
Las garantías principales y capitales garantizados por Asegurado son los siguientes: Garantía
Capital
Fallecimiento por cualquier causa
110.000 €
Fallecimiento por accidente laboral y práctica deportiva
200.000 €
Fallecimiento accidente laboral de circulación
300.000 €
Incapacidad Permanente Parcial (baremada) por cualquier causa
110.000 €
Incapacidad Permanente Parcial (baremada) por accidente laboral y práctica deportiva
200.000 €
Incapacidad Permanente Parcial (baremada) por accidente laboral de circulación
300.000 €
Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez por cualquier causa
110.000 €
Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez por accidente laboral y práctica deportiva
200.000 €
Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez, por accidente laboral de circulación
300.000 €
Cubre a: (ARTÍCULO 8 DE LA PÓLIZA del CBCM):
Tendrá la condición de asegurado el personal adscrito al Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid que se distribuye en las siguientes categorías:
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Escala Técnica o de Mando: comprende las categorías de Jefe
del Cuerpo, Inspector, Oficial de Área, Oficial Técnico, Jefe de
Unidad Técnica y Jefe de Servicio.
▪
Escala Ejecutiva u Operativa: comprende las categorías de Jefe Supervisor, Jefe de Equipo, Jefe de Dotación, Bombero Especialista y Bombero. Dentro de la Escala Ejecutiva u Operativa se establece la especialidad de Comunicaciones, que comprende las Categorías de Jefe de Sala y Operador.
▪
El personal Técnico Operativo del Servicio de Incendios Forestales de la Dirección General de Emergencias, que se encuentra incluido en el ámbito de aplicación de Acuerdo.
▪
El personal médico del Servicio Sanitario que se encuentra incluido en el ámbito de aplicación de Acuerdo.
▪
Cinco personas innominadas adscritas a la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112. “
Es REALMENTE CURIOSO que se cubra en dicha póliza del seguro del CBCM a TODO el personal que según el ARTÍCULO 11.2 del Decreto Legislativo 1/2006 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley que regula los S.P.E.I.S. de la Comunidad de Madrid, pertenece a dicho S.P.E.I.S:
“También forman parte del servicio (S.P.E.I.S.) el personal contratado en régimen laboral para la prestación de servicios, los funcionarios de los Servicios de Incendios Forestales y personal laboral adscrito a los mismos, el personal del Servicio Médico del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid, así como otros puestos adscritos al servicio en labores de apoyo”
Entonces, ¿Cubre a todos los miembros del S.P.E.I.S.?. NO, a TODOS NO.
Porque respecto al Servicio de Incendios Forestales sólo cubre al personal de “oficina”, dejando fuera al personal que se juega la vida y se enfrenta en primera línea al fuego, deja fuera al PLP INFOMA.
Una vez más nos EXCLUYEN del seguro del CBCM y nos deja de cubrir nuestro seguro los días en los que libramos, a diferencia que en el seguro del CBCM que SI se incluyen los días de libranza, que es como tiene que ser, ya que el estrés térmico, psicológico y físico que se sufre en los incendios, además de la inhalación de gases tóxicos y nocivos para la salud, puede desembocar en problemas de salud que den la cara después de la jornada laboral, máxime cuando llevamos más de 40 años trabajando a turnos de 1T-1L y ahora trabajamos a 2T-2L.
Además, parece más increíble todavía cuando desde la DGE se nos ha trasladado desde el año pasado (2023) que se estaba trabajando para que nos cubriera el seguro en las mismas condiciones que al resto de Personal del S.P.E.I.S. y resulta que han negociado un seguro nuevo para este 2024 que sigue SIN CUBRIRNOS fuera de la jornada laboral y ni siquiera cubre en las mismas condiciones ni cuantías cuando vamos todos en el mismo camión y trabajamos en el mismo incendio (el fuego NO es “clasista”, no distingue de tipos de contratos ni jerarquías, quema a todos por igual).
2.- PUNTO V “DELIMITACIÓN DE LOS RIESGOS”, DE LAS CONDICIONES GENERALES DE LA PÓLIZA QUE SE APLICA EXCLUSIVAMENTE AL PLP INFOMA APARECE:
Exclusiones y Limitaciones.
2) Riesgos excluidos:
b) Vértigos, estado de inconsciencia, lumbagos, cervicalgias, ciáticas, esguinces y desgarros musculares, a menos que se pruebe ser consecuencia directa de accidentes garantizados por el presente contrato, las enfermedades infecciosas, lesiones corporales o complicaciones relacionadas con una enfermedad o estado morboso, vahídos, desvanecimientos, síncopes, epilepsia o epileptiformes, aneurismas, ictus, varices, toda clase de hernias y sus consecuencias, así como sus agravaciones.
Salvo contratación de una garantía específica, el infarto de miocardio no se considera Accidente a efectos de esta póliza.
c) Enfermedades, epidemias y todo tipo de procesos cuyo origen sea infección por picadura de insectos (malaria, tifus, fiebre amarilla, enfermedad del sueño y similares).
d) Insolaciones, congelaciones y otras consecuencias de la acción del clima, así como esfuerzos desproporcionados, envenenamientos o infecciones que no tengan como causa directa y exclusiva una lesión producida por un accidente cubierto por este seguro.
Nos parece una broma de mal gusto que esta póliza NO cubra;
1.
ICTUS y sobre todo, INFARTOS DE MIOCARDIO, cuando las cardiopatías son la causa principal de muerte en colectivos que se dedican a la EXTINCIÓN y que están expuestos a gases tóxicos.
Por cierto, un detallazo que lo hayan excluido tan tajante y expresamente en la póliza, sabiendo que es la causa de muerte del compañero tristemente fallecido el año pasado, una muestra más del “talante” y “tacto” de nuestro DGE.
2.
INFECCIÓN POR PICADURA DE INSECTOS.
De verdad, esto ya parece un insulto a la inteligencia de cualquiera, cuando nuestra profesión se basa en la extinción de incendios forestales y uno de los riesgos reconocidos y que de hecho el propio CBCM nos instruye para que tengamos cuidado con ello, es la picadura de insectos, mordedura de réptiles, etc. al desarrollar nuestra actividad en el monte, al aire libre, donde se encuentran dichos animales e insectos. Afectando tanto al Personal de Vigilancia como al de Extinción.
3.
INSOLACIONES, CONGELACIONES Y OTRAS ACCIONES DEL CLIMA o ESFUERZOS DESPROPORCIONADOS, de nuevo otra tomadura de pelo cuando tienen a compañeros de vigilancia, en Torres donde no tienen ni siquiera baño, agua, electricidad, etc y en algunos casos SIN SOMBRA con lo que eso supone en pleno verano con temperaturas ambientales superiores a 40ºC y teniendo que estar jornadas de 10 o 12 horas.
Además, los compañeros de extinción que se exponen a las temperaturas, no sólo del clima si no del propio incendio, y efectivamente realizan ESFUERZOS DESPROPORCIONADOS para poder soportar las temperaturas a las que están sometidos, lo que provoca en ocasiones problemas de insolaciones, calambres o golpes por calor.
TODO esto hace que nos parezca un INSULTO, un DESPROPÓSITO y un NINGUNEO MÁS, la firma de las condiciones de la Póliza de Seguro de Vida del Personal Laboral Público INFOMA en 2024 por parte de la Dirección General de Emergencias, mostrando una vez más el desprecio o infravaloración por la vida y condiciones laborales de estos empleados públicos, en comparación con el resto de Personal adscrito al S.P.E.I.S.













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